Términos y Condiciones

Objeto de la sociedad

a). Ejecutar toda clase de actos de comercio, contratar activa o pasivamente toda la clase de prestaciones de servicios, celebrar contratos, convenios, así como adquirir, por cualquier titulo, patentes, marcas industriales, nombres comerciales, opciones y preferencias, derechos de propiedad literaria, industrial, artística o concesiones de alguna autoridad.

b). Formar parte de otras sociedades con el objeto similar.

c). Emitir, girar, endosar, aceptar, avalar y descontar y suscribit toda clase de titulos de crédito, adquirir acciones, participaciones, parte de interés social, obligaciones de toda clase de empresas o sociedades, formar parte de ellas y entrar en comandita.

d). Aceptar o conferir toda clase de comisiones mercantiles y mandatos, obrando en su propio nombre o en nombre del comitente o mandante.

e). Adquirir o por cualquier otro titulo poseer y explotar inmuebles que sean necesarios para su objeto.

f). Contratar al personal necesario para el cumplimiento de los fines sociales y delegar en una o varias personas el cumplimiento de mandatos, comisiones, servicios y demás actividades propias de su objeto.

g). La sociedad podrá otorgar avales y obligarse solidariamente por cuenta propia, asi como constituir garantia a favor de terceros.

h). Realizar y emitir toda clase de actos, operaciones, convenios, contratos y titulos, ya sean civiles, mercantiles o de crédito relacionados con el objeto social.

i). La realización habitual y profesional del otorgamiento de créditos, de cualquier tipo, la celebración de operaciones de arrendamientos financieros yo operaciones de factoraje financiero, asi como actuar como fiduciario en fideicomisos en garantia, sujetándose al régimen de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, la Ley de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito y demás leyes aplicables, asi como actividades anexas y conexas a las mencionadas.

j). La captación de recursos provenientes de la colocación de instrumentos previamente calificados por una Institución Calificadora de Valores, inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, para su posterior colocación en el Mercado de Valores a través de intermediarios inscritos en la Sección de Intermediarios de dicho Registro y mediante la obtención de créditos de entidades financieras del país y del extranjero, en los términos de las disposiciones legales aplicables o de cualquier institución del pais y del extranjero, asi como actividades anexas y conexas a las mencionadas.

Para desarrollar el objeto social

I. Celebrar contratos de crédito con entidades financieras del país y del extranjero, en los términos de las disposiciones legales aplicables o de cualquier institución del pais y del extranjero.

II. Invertir sus recursos liquidos en instrumentos de captación de entidades financieras, asi como en instrumentos de deuda de fácil realización.

III. Contratar, obtener y otorgar toda clase de préstamos o créditos, con o sin garantia, a personas físicas y morales, nacionales y extranjeras, incluyendo sin limitar préstamos quirografarios, de habilitación o avio, refaccionarios, confirmados, prendarios y/o hipotecarios, asi como celebrar contratos de apertura de crédito y de cuenta corriente, sujeto en su caso, a las autorizaciones que la Ley prevea.

IV. Otorgar préstamos, créditos o financiamientos, de cualquier tipo, como quiera que los mismos se documenten.

V. Celebrar contratos de arrendamiento financiero de conformidad con lo previsto en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, y demás disposiciones legales aplicables. Para lo cual podrá adquirir cualquier clase de bienes muebles e inmuebles para darlos en arrendamiento financiero; adquirir cualquier clase de bienes muebles e inmuebles de los futuros arrendatarios, con el compromiso de darlos a estos en arrendamiento financiero.

VI. Otorgar arrendamiento financiero a personas físicas y morales, nacionales o extranjeras de conformidad con lo previsto en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, y demás disposiciones legales aplicables.

VII. Celebrar contratos de factoraje financiero de conformidad con lo previsto en la Ley General de Titulos y Operaciones de Crédito, y demás disposiciones legales aplicables.

VIII. Otorgar factoraje financiero a personas físicas y morales, nacionales o extranjeras de conformidad con lo previsto en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, y demás disposiciones legales aplicables.

IX. Actuar como fiduciario y en general celebrar operaciones de fideicomiso de conformidad y en los términos autorizados por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y demás disposiciones legales aplicables.

X. Promover acciones de desarrollo rural e impulsar acciones para el fortalecimiento y operación de los sistemas y productos nacionales y regionales.

XI. Impulsar el financiamiento, la capacitación, la asesoria, en el desarrollo de las diversas actividades agropecuarias, forestales, pesqueras y todas las demás actividades económicas vinculadas al medio rural impulsando el mejoramiento del nivel de vida de su población, de manera sustentable, prestando y otorgando todo tipo de créditos y diversos servicios financieros a los productores del sector rural.

XII. Promover la inversión, la canalización de apoyos financieros y técnicos al fomento industrial y en general financiar pequeñas y medianas empresas (PYMES) y cadenas productivas, promoviendo la actividad exportadora e importadora de bienes y servicios.

XIII. Financiar, actividades económicas que propicien la creación de empleos, promoviendo el desarrollo tecnológico, la capacitación, la asistencia técnica y el incremento de la productividad, realizando estudios económicos y financieros que determinen proyectos de inversión. Propiciando el aprovechamiento industrial de los recursos. naturales inexplorados o insuficientemente explorados, fomentando programas de financiamiento ecológicos sustentables.

XIV. Celebrar los actos jurídicos y gestiones necesarias y convenientes para adquirir, enajenar o agravar carteras de crédito, tanto propias como de otras instituciones de crédito o entidades financieras, así como realizar actividades de concentración de créditos, tanto propios como de otras empresas.

XV. Realizar los actos jurídicos y gestiones necesarias o convenientes para la adquisición de los bienes que sean objeto de los contratos de arrendamiento financiero que celebre.

XVI. Prestar los servicios de coordinación para la certificación, control y supervisión en la administración y desarrollo de los créditos.

XVII. Adquirir, arrendar, poseer, usufructuar, recibir, dar en comodato y enajenar, bajo cualquier titulo legal, toda clase de derechos y bienes muebles e inmuebles así como otorgar derechos reales y personales sobre dichos bienes, que sean necesarios o convenientes para la realización de su objeto social.

XVIII. Suscribir, emitir, girar, aceptar, endosar, protestar y avalar, así como en general, negociar con titulos de crédito, sin que se ubique en los supuestos del artículo nueve de la Ley del Mercado de Valores.

XIX. Otorgar y recibir garantías, incluyendo avales, en relación con el pago por cumplimiento de obligaciones o deudas contraídas por la sociedad o por terceros.

XX. Contratar activa o pasivamente toda clase de prestaciones de servicios, celebrar contratos, convenios, así como obtener, adquirir, usar y enajenar bajo cualquier titulo legal patentes, marcas industriales, nombres comerciales, opciones y preferencia, derechos de propiedad literaria, industrial, artística o concesiones de alguna autoridad.

XXI. Contratar activa o pasivamente toda clase de prestaciones de servicios, necesarios o convenientes para la realización del objeto social.